Lima.- El presidente del Centro Peruano de Estudios Sociales - CEPES, Fernando Eguren, advirtió que la reciente derogatoria de un literal del Art. 5 del decreto de urgencia 001-2011, decretada por el Gobierno el pasado 17 de febrero no resuelve el problema de la inconstitucionalidad de ese decreto y del 002-2011.
“La decisión del Gobierno sólo aborda el componente medioambiental de los D.U. 001 y 002- 2011, con la reintroducción de las certificaciones ambientales como requisito de cualquier actividad económica que aspire a una autorización administrativa. Pero queda en pie la inconstitucionalidad de ambos decretos y, por ende, la necesidad de derogarlos en su integridad” advirtió.
Gobierno abusa de la aplicación de los Decretos de Urgencia para favorecer a los inversionistas. Jaime Escobedo, abogado miembro del Observatorio peruano “Tierra y Derechos” de CEPES, recuerda que hay antecedentes del uso sistemático de los Decretos de Urgencia por parte del Gobierno con el objeto de priorizar proyectos de inversión y ejecutarlos a cualquier costo.
Escobedo recordó que han sido varias las ocasiones en las que el Gobierno ha abusado de los Decretos de Urgencia. “La sistemática aplicación de los Decretos de Urgencia, se ha convertido en una mala costumbre del gobierno de García, evitando el debate parlamentario y el control democrático por parte del Congreso de la República.
Los decretos que ha promulgado el Gobierno para ejecutar proyectos de inversión no califican como decretos de urgencia” advirtió. “En ninguno de estos casos era adecuado aplicar los Decretos de Urgencia.
Estos le han servido al Gobierno para sortear el SNIP, flexibilizar los estándares ambientales y recortar la función fiscalizadora de organismos como la Contraloría. Los D.U. le han servido al Gobierno para allanar el camino de la gran inversión, a cualquier costo. Los D.U. 001 y 002-2011, expresan la práctica inconstitucional que ha venido impulsando el gobierno de García” advirtió Eguren.
Relación de los decretos de urgencia desde el año 2007
[caption id="attachment_521" align="aligncenter" width="244" caption="Expertos demandan la derogatoria de los D.U. 001 y 002-2011"][/caption]
“La decisión del Gobierno sólo aborda el componente medioambiental de los D.U. 001 y 002- 2011, con la reintroducción de las certificaciones ambientales como requisito de cualquier actividad económica que aspire a una autorización administrativa. Pero queda en pie la inconstitucionalidad de ambos decretos y, por ende, la necesidad de derogarlos en su integridad” advirtió.
Gobierno abusa de la aplicación de los Decretos de Urgencia para favorecer a los inversionistas. Jaime Escobedo, abogado miembro del Observatorio peruano “Tierra y Derechos” de CEPES, recuerda que hay antecedentes del uso sistemático de los Decretos de Urgencia por parte del Gobierno con el objeto de priorizar proyectos de inversión y ejecutarlos a cualquier costo.
Escobedo recordó que han sido varias las ocasiones en las que el Gobierno ha abusado de los Decretos de Urgencia. “La sistemática aplicación de los Decretos de Urgencia, se ha convertido en una mala costumbre del gobierno de García, evitando el debate parlamentario y el control democrático por parte del Congreso de la República.
Los decretos que ha promulgado el Gobierno para ejecutar proyectos de inversión no califican como decretos de urgencia” advirtió. “En ninguno de estos casos era adecuado aplicar los Decretos de Urgencia.
Estos le han servido al Gobierno para sortear el SNIP, flexibilizar los estándares ambientales y recortar la función fiscalizadora de organismos como la Contraloría. Los D.U. le han servido al Gobierno para allanar el camino de la gran inversión, a cualquier costo. Los D.U. 001 y 002-2011, expresan la práctica inconstitucional que ha venido impulsando el gobierno de García” advirtió Eguren.
Relación de los decretos de urgencia desde el año 2007
[caption id="attachment_521" align="aligncenter" width="244" caption="Expertos demandan la derogatoria de los D.U. 001 y 002-2011"][/caption]
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